Rentas extiende al 31 de marzo el Régimen de Regularización de Deudas

Beneficios

Los beneficios que otorga el régimen para las deudas que se regularicen son:

Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2021.

Por los intereses devengados a partir del 1° de enero de 2022, se establecen las siguientes bonificaciones:

Del 50% pago de contado. Del 40% por por planes que se cancelen hasta el mes de diciembre de 2026. Del 30% por planes que se cancelen después del mes de diciembre de 2026.

Por los honorarios profesionales de los representantes de la Autoridad de Aplicación por las deudas en cobro judicial: se dispone una reducción del 50% o para el caso de multas por incumplimiento a los deberes formales la reducción será hasta el importe de la multa con beneficios, pudiendo ser abonados los citados honorarios hasta en 12 cuotas.

¿Cómo acceder al plan?

«Las condiciones de adhesión al régimen se encuentran flexibilizadas en este mes. Al momento de solicitar el plan de pago los contribuyentes deben tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencieron a partir del 1 de enero de 2026, y hasta las que vencen en el mes de marzo inclusive, es decir, tres cuotas o anticipos», explicó la contadora Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente. «Por ejemplo, en los impuestos patrimoniales, inmobiliario y automotores, los contribuyentes deben tener abonadas las cuotas de enero, febrero y marzo», añadió.

Las citadas cuotas podrán ser abonadas utilizando los botones de pago disponibles en la página web de la DGR, con tarjeta de débito y/o crédito de cualquier entidad bancaria.

La primera cuota de los planes que se realicen en el mes de marzo vencerá el 15 de abril de 2026.

La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web del Organismo www.rentastucuman.gob.ar

Sin gestores ni intermediarios

La entidad registró casos en que gestores se ofrecían realizar distintos trámites ante la DGR. Sobre este tema, Delordi remarcó que los trámites son gratuitos y no requieren intermediarios. «No se necesita ningún intermediario, todos los trámites de la dirección de renta son íntegramente gratuitos y tenemos el personal capacitado para poder asistirlos. Pueden concurrir al organismo de 8.15 a 13.15 horas, y nosotros los vamos a asistir y van a poder realizar el plan de pago sin ningún problema».

Para el caso que el contribuyente lo requiera, se brinda asesoramiento de forma personal o telefónica para utilizar los servicios de la página web, tanto para adhesión al plan de pago como para la presentación de declaraciones juradas del Impuesto de Sellos, entre otros.

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