cómo es el procedimiento para la devolución de percepciones excedentes

La medida se implementó a través de la Resolución General 5638/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este lunes en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Juan Alberto Pazo.

El Impuesto PAIS aplicaba un gravamen del 30% a las operaciones en dólares vinculadas a compras en el exterior, viajes y ahorro. Sin embargo, tras cumplirse su período de vigencia el 22 de diciembre de 2024, el Gobierno no buscó prorrogarlo. En su lugar, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reconfiguró el esquema mediante la Resolución General 5617/2024, que ajusta las bases del régimen de percepción existente para garantizar la continuidad del gravamen aplicado a estas operaciones.

De acuerdo con la norma, el impuesto ya no llevará el nombre de Impuesto PAIS y se eliminan ciertas percepciones para sectores específicos, principalmente en el ámbito financiero. No obstante, los consumidores continuarán abonando este tributo en operaciones como la compra de dólar ahorro y la adquisición de bienes y servicios en el exterior.

Impuesto PAIS: cómo será el procedimiento para la devolución de las percepciones excedentes

Los contribuyentes podrán acceder a este procedimiento presentando el formulario de declaración jurada F.744 correspondiente a los meses de diciembre de 2024 y de enero a marzo de 2025.

Este documento se generará a través del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), permitiendo una exteriorización simplificada de los saldos a favor. La utilización de estos créditos deberá realizarse antes del 30 de mayo de 2025, de acuerdo con las limitaciones detalladas en la normativa.

«Este saldo a favor del agente de percepción y liquidación del Impuesto PAIS podrá ser utilizado a través de la opción ‘Compensación’ del servicio con clave fiscal denominado ‘Sistema de Cuentas Tributarias’ -disponible en el sitio web institucional de este Organismo- para el pago de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, de los períodos devengados enero, febrero, marzo y abril de 2025, pudiendo aplicarse tanto al capital como a sus intereses», expresa la norma.

Según se explica en los considerandos de la norma, la medida no solo busca aliviar la carga fiscal de los agentes de percepción, sino también ofrecer mayor claridad en los procedimientos impositivos.

FUENTE: C5N

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