Prisión efectiva a un joven por tres robos a un carro de comidas

En una audiencia realizada el día viernes 3 de julio, el juez interviniente validó un acuerdo de juicio penal abreviado y dictó sentencia condenatoria contra Lucas Emmanuel Vivas, un joven de 28 años en situación de calle acusado de robar en tres oportunidades consecutivas a un mismo local de comidas rápidas.

La acusación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Robos y Hurtos del Centro Judicial Concepción. El equipo del Ministerio Fiscal estuvo liderado por el fiscal Fabián Assad, mientras que la presentación del acuerdo en la audiencia fue realizada por la auxiliar de fiscal, Graciela Maccio.

El raid delictivo

Según los hechos acreditados por la fiscalía a través de registros fílmicos y declaraciones testimoniales, Vivas cometió el primer ilícito la madrugada del 29 de abril de este año, cuando forzó la cerradura de un tráiler de comida ubicado en una estación de servicio y sustrajo una freidora de papas frita. Pocos días después, el 2 de mayo, regresó al mismo lugar para romper un gabinete de chapa y robar una garrafa de 10 kilos.

Finalmente, la madrugada del 3 de mayo, el delincuente volvió a ingresar al carro con intenciones de desarmar dos heladeras exhibidoras. En esa oportunidad fue sorprendido por el dueño del comercio, con quien mantuvo un forcejeo antes de escapar a pie con el motor de ventilación de una de las heladeras. Horas más tarde, la policía logró interceptarlo y aprehenderlo en las inmediaciones.

Condena y unificación de pena

Durante el procedimiento, Vivas asistió junto a su defensor y reconoció de manera expresa y circunstanciada su autoría en los tres hechos, calificados penalmente como robo simple en concurso real. Dado que el imputado ya contaba con una condena previa de dos años de prisión en suspenso dictada en febrero de 2024 por otro delito de robo, y cuyas reglas de conducta no venía cumpliendo, las partes solicitaron la unificación de los castigos. El juez revocó la condicionalidad del fallo anterior y resolvió imponerle la pena única de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. La sentencia adquirió el carácter de firme en el mismo acto, disponiéndose el inmediato alojamiento del condenado en la Unidad Penitenciaria N° 3.

FUENTE: MPF

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